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    Preguntas Frecuentes

    ¿Puedo obtener un presupuesto gratuito?

    Por supuesto, ustedes pueden contactar con nuestro Despacho y, tras conocer los detalles de su problema y analizar la viabilidad del servicio, elaboraremos un Proyecto de Investigación personalizado en el que detallaremos las actuaciones aconsejadas y su coste económico.

    ¿Mi información es confidencial?

    Los Detectives Privados tienen deber de reserva profesional, el art. 50.1 Ley 5/2014 establece que estamos obligados a guardar reserva sobre las investigaciones que realizamos, y no podemos facilitar datos o informaciones sobre éstas más que a las personas que nos las encomendaron. Nosotros ampliamos el deber de reserva a los datos facilitados en sus consultas, aunque las investigaciones no lleguen a llevarse a cabo.

    ¿Cuánto tardamos en iniciar investigación?

    Sabemos que los problemas no pueden esperar. Aprobado el Proyecto de Investigación por el Cliente, y suscrito el preceptivo contrato de servicio (Ley 5/2014), tenemos capacidad organizativa y medios materiales para iniciar nuestras gestiones de forma inmediata.

    ¿Puedo aportar los informes en procedimientos judiciales?

    Los informes de investigación, elaborados por Detectives Privados, son un elemento de prueba reconocido y habitual en procedimientos Judiciales de orden laboral, mercantil, civil, etc.; existiendo la obligación de atender las citaciones de los Jugados/Tribunales, y de prestar testimonio y ratificación de los mismos.